V

AutorMarco Antonio Núñez Hernández
Páginas175-177

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Valor: Importe por el cual pueden ser intercambiados los bienes o los servicios.

Valor agregado a la mercancía: Cualidades que se incorporan a un producto durante las etapas de fabricación o mercadeo dando así, como resultado, el valor por unidad que sirve como uno de los fundamentos para establecer su valor comercial.

Valor añadido a la mercancía: Cantidad que resulta de restar a las ventas de un producto el valor de las materias primas y de los bienes intermedios empleados para su fabricación.

Valor CIF: Valor que indica la voluntad de las partes para llevar a cabo la compra-venta de las mercaderías en los términos de ese incoterm (le recomiendo ver).

Valor declarado: Importe de las mercancías señalado en el pedimento para calcular el monto del impuesto correspondiente.

Valor de precio unitario de venta: Importe por el que se venda el mayor número de unidades a las personas no vinculadas con los vendedores la mayor cantidad de mercaderías, en el primer nivel comercial, después de la importación, a que se efectúen las ventas citadas.

Valor de transacción: Le sugiero ver "Base Gravable".

Valor en Aduana: Le recomiendo que vea "Base Gravable".

Valor FOB: Valor que indica la voluntad de las partes para llevar a cabo la compra-venta de las mercaderías en los términos de ese incoterm (se recomienda ver).

Valor neto: Cantidad que resulta de la suma del capital importado en un principio, las demás inversiones que se hicieren en moneda extranjera mas las inversiones o reinversiones efectuadas en moneda nacional de montos por los que se tenga derecho para ser giradas a otras naciones.

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Valor normal: Precio comparable de aquellas mercancías que sean idénticas o similares en relación con las que se vendan en el mercado interno de su país de origen en el ejercicio de operaciones comerciales normales. La Ley de Comercio Exterior reconoce, además de lo anterior, las siguientes variantes; cuando no se efectúen ventas de mercancías idénticas o similares en el país de origen, o en los casos en los que esas ventas no permitan establecer una comparación, se considerará como valor normal el de los productos idénticos o similares provenientes de la misma nación a una tercera en el ejercicio de operaciones comerciales normales si es el más alto pero representativo; o el valor reconstruido en el país de origen (Le sugiero ver).

Valor normal de mercancía procedente de un país con economía centralmente planificada: Precio de los...

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