15. Prestación de servicios exentos

Contenido
  • 1 Fracción I. Las comisiones y otras contraprestaciones que cubra el acreditado a su acreedor con motivo del otorgamiento de créditos hipotecarios
  • 2 Fracción III. Los prestados en forma gratuita, excepto cuando los beneficiarios sean los miembros, socios o asociados de la persona moral
  • 3 Fracción IV. - Los de enseñanza que preste la Federación, el Distrito Federal, los Estados, los Municipios y sus organismos descentralizados
  • 4 Fracción V. El transporte público terrestre de personas que se preste exclusivamente en áreas urbanas, suburbanas o en zonas metropolitanas
  • 5 Fracción VI. El transporte marítimo internacional de bienes prestado por personas residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en el país
  • 6 Fracción IX. El aseguramiento contra riesgos agropecuarios, los seguros de crédito a la vivienda que cubran el riesgo de incumplimiento
  • 7 Fracción X, inciso a) Deriven de operaciones en las que el enajenante, el prestador del servicio o quien conceda el uso o goce temporal de bienes, proporcione financiamiento relacionado con actos o actividades por los que no se esté obligado al pago de este impuesto
  • 8 Fracción X, inciso b) Intereses que reciban o paguen instituciones de credito
  • 9 Fracción X, inciso d) Provengan de créditos hipotecarios o con garantía fiduciaria para la adquisición, ampliación, construcción o reparación de bienes inmuebles
  • 10 Fracción XII, inciso e) Asociaciones o sociedades civiles organizadas con fines científicos, políticos, religiosos y culturales, a excepción de aquéllas que proporcionen servicios con instalaciones deportivas
  • 11 Fracción XIV. Los servicios profesionales de medicina, cuando su prestación requiera título de médico conforme a las leyes
Fracción I. Las comisiones y otras contraprestaciones que cubra el acreditado a su acreedor con motivo del otorgamiento de créditos hipotecarios
  • Valor agregado. Las comisiones y contraprestaciones generadas por el crédito que otorgue una sociedad financiera a un intermediario para que éste, a su vez, conceda créditos hipotecarios destinados a la adquisición, construcción, ampliación o reparación de viviendas, no están incluidas en la exención prevista en el artículo 15, fracción I, de la ley que regula ese impuesto: (Tesis Aislada num. 2a. CX/2003 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Septiembre de 2003)
Fracción III. Los prestados en forma gratuita, excepto cuando los beneficiarios sean los miembros, socios o asociados de la persona moral Fracción IV. - Los de enseñanza que preste la Federación, el Distrito Federal, los ...

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