129. Reglas en la impugnación de notificaciones
- CONTRADICCIÓN DE TESIS 484/2012. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR EL SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO SÉPTIMO CIRCUITO Y EL PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA DÉCIMO PRIMERA REGIÓN, CON RESIDENCIA EN COATZACOALCOS, VERACRUZ.NOTIFICACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS QUE EL CONTRIBUYENTE NIEGA CONOCER. ANTE LA OMISIÓN DE ÉSTE DE SEÑALAR EN EL ESCRITO DEL RECURSO DE REVOCACIÓN A LA PERSONA DESIGNADA PARA RECIBIR LA DOCUMENTACIÓN CORRESPONDIENTE, PROCEDE HACERLA POR ESTRADOS. ( Ejecutoria num. 2a./J. 185/2012 (10a.) de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala )
- Resulta inoperante que la actora manifieste desconocer la notificación de la resolución previamente recurrida, si no lo manifestó así, desde la tramitación del recurso de revocación: (Tesis nº VI-TASR-XXXIII-15 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Febrero de 2011)
- Negativa ficta. Cuando se impugna la recaída a la interposición del recurso de revocación contra un crédito fiscal cuya resolución determinante el contribuyente manifestó desconocer por no habérsele notificado, la autoridad, en la contestación de demanda, debe acompañar las pruebas que acrediten dicho acto y su notificación: (Tesis Aislada num. I.7o.A.729 A, Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 1 de Septiembre de 2010)
- Recurso de revocación.- No procede otorgar el derecho de ampliación cuando el acto que se manifestó desconocer no es propiamente de los recurribles, si no otro diverso, aun y cuando constituya el antecedente del efectivamente recurrido: (Tesis nº VI-TASR-XXIII-41 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Julio de 2010)
- Recurso de revocación. La autoridad fiscal no está obligada a dar a conocer al recurrente, la resolución recaída a una solicitud de condonación de multas, al no actualizarse las hipótesis normativas previstas en los artículos 117 y 129, del Código Fiscal de la Federación: (Tesis nº VI-TASR-XIII-49 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Enero de 2010)
- Procedimiento administrativo de ejecución. Es improcedente el juicio contencioso en contra de actos emitidos antes del remate por carecer de definitividad, conforme al primer párrafo del artículo 127 del Código Fiscal de la Federación vigente a partir del 29 de junio de 2006: (Tesis nº VI-P-2aS-623 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Noviembre de 2010, Tesis nº VI-P-2aS-331 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Noviembre de 2009)
- Recurso administrativo de revocación. Caso en el que la ampliación de éste, debe ser considerada por la autoridad administrativa para resolver el fondo del citado medio de defensa: (Tesis nº VI-P-2aS-55 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Julio de 2008)
- Artículo 129 del Código Fiscal de la Federación.- Su aplicación. Oportunidad para impugnar vía recurso de revocación la notificación del acto impugnado cuando el recurrente afirma conocerlo y cuando manifiesta desconocerlo: (Tesis nº V-TASR-XXXVII-2882 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Julio de 2007)
- Acto administrativo.- No lo constituye la declaración del ejercicio y, por tanto, no le resulta aplicable el procedimiento previsto por el artículo 129 del Código Fiscal de la Federación: (Tesis nº V-TASR-XXX-2749 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Mayo de 2007)
- Recurso de revocación.- Procede desecharlo, si no se controvierten las constancias de notificación del acto, en vía de ampliación al recurso, aun en el supuesto de que éstas sean las únicas actuaciones entregadas al recurrente: (Tesis nº V-TASR-XLI-2503 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Enero de 2007)
- Juicio contencioso administrativo.- La sentencia que resuelve respecto de la legalidad del desechamiento de un recurso administrativo, impide al Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, analizar la legalidad de documentos desconocidos por la recurrente, así como resolver el fondo del recurso: (Tesis nº V-TASR-XXXII-2398 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Enero de 2007)
- Código Fiscal de la Federación.- Aplicación del artículo 129.- Cuando se...
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