Introducción

AutorMario Alberto González Llanes
Páginas26-28

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Con motivo del decreto por el que se expide la nueva Ley de Amparo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de abril del 2013, México, así se puede interpretar, establece el conjunto de modificaciones al marco jurídico como una Revolución Jurídica al llevarse a cabo una serie de reformas constitucionales: tuvo su origen en la reforma constitucional de 2008 en materia penal; posteriormente una reforma en materia de procesos colectivos; en 2011 dos reformas clave: una en materia de amparo y otra en materia de derechos humanos, hasta culminar el 2 de abril en la nueva Ley de Amparo.

En esta nueva edición, tengo el propósito de dar a conocer los aspectos más relevantes en cuanto a la modificación o actualización de la Ley de Amparo en nuestro país.

Para ello, debemos primeramente comprender el objeto de la creación del presente ordenamiento, es decir, el juicio de amparo, como la más importante institución en el marco jurídico mexicano, ya que el primordial objetivo de la ley, es otorgar la protección al gobernado, con la pretensión de anular o invalidar los actos de autoridad que contravengan las normas generales, los derechos humanos y las garantías para su protección.

Como institución jurídica, el juicio de amparo ha tenido que enfrentar también, abusos de particulares o arbitrariedades de autoridades, específicamente en materia penal, pero ello, según comprendemos, ha sido porque ya resultaban obsoletas las disposiciones en la ley anterior, misma que databa del 10 de enero de 1936, es decir, la gran cantidad de demandas de amparo, con deficiencias, improcedencias, rezagadas, empantanadas, han hecho más que necesaria la creación y publicación de nuestra ahora nueva Ley publicada el 2 de abril de 2013.

Tomando en consideración lo anterior, hablamos de 77 años, sí, 77 años, en los que México tuvo, avances tecnológicos, históricos, humanos; y en estas 7 décadas, ni el propio

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Poder Judicial de la Federación, se imponía a la tan importante reforma de esta ley continuando con el empleo de la misma, aunque con raquíticas reformas y adiciones, no se satisfacían las necesidades de atender ágilmente los juicios de amparo.

Para ello, al realizar un cuadro comparativo de la Ley de Amparo de 1936 a la de 2013, hemos encontrado, entre otros aspectos relevantes, los que a continuación se señalan:

El artículo 1 acondiciona, la protección de "normas generales", es decir, abarca un espectro más amplio, ya que incluye tratados...

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