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Deducciones que se podrán efectuar - Deducciones de extranjeros con establecimientos en el país
Requisitos generales de las deducciones autorizadas
Ser estrictamente indispensables para los fines de la actividad - Documentación comprobatoria de las deducciones autorizadas - Comprobantes fiscales digitales - Pagos con cheque nominativo, tarjeta o monedero electrónico - Registro en contabilidad - Obligaciones en materia de retención y entero de impuestos a cargo de terceros - Clave del RFC en la documentación comprobatoria - IVA trasladado en forma expresa y por separado en comprobantes fiscales - Adherir marbetes o precintos en mercancí...
Otros requisitos de las deducciones autorizadas
Donativos - Límite en la deducción de donativos - Intereses por capitales tomados en préstamo - Honorarios o gratificaciones a administradores, comisarios, gerentes generales o consejeros - Asistencia técnica, transferencia de tecnología o regalías - Gastos de previsión social - Pagos por primas de seguros o fianzas - Pérdidas por créditos incobrables - Comisiones por enajenaciones a plazo o arrendamiento financiero - Comisiones y mediaciones pagadas a extranjeros - Obsequios, atenciones...
Generalidades - Normas financieras aplicables a los inventarios - Elementos que conforman el costo para efectos fiscales - Sistemas de valuación de inventarios - Métodos de valuación de inventarios - Modificaciones al valor de los inventarios (pérdidas) - Arrendamiento financiero y enajenaciones a plazo - Prestadores de servicios - Desarrolladores inmobiliarios - Régimen de transición. Tratamiento de los inventarios que se tenían al 31 de diciembre de 2004 - Costo deducible en la prestación d...
Concepto de inversiones - Reglas para la deducción de las inversiones - Inicio de la deducción de inversiones - Por cientos máximos autorizados por la ley - Inversiones que se enajenan o dejan de ser útiles - Otras reglas para la deducción de inversiones - Pérdidas por caso fortuito o fuerza mayor - Bienes adquiridos en arrendamiento financiero - Deducción de refrigeradores y enfriadores a disposición de otros
Deducción inmediata de inversiones
Por cientos autorizados de deducción inmediata - Obligaciones de quienes opten por efectuar la deducción inmediata - Bienes que se enajenan, se pierden o dejan de ser útiles - Contribuyentes con concesiones, autorizaciones o permisos para la construcción, operación y mantenimiento de obras públicas - Deducción inmediata conforme al Decreto del 20/VI/2003
Ajuste anual por inflación deducible
Concepto de crédito - Concepto de deudas
Contribuciones y sus accesorios, así como subsidio para el empleo - Gastos e inversiones relacionados con ingresos exentos - Gastos relacionados con inversiones no deducibles o parcialmente deducibles - Intereses por préstamos o por adquisición de valores - Reservas - Pérdidas por enajenación de acciones y pérdidas financieras - Otras partidas no deducibles
Anexo I . Tabla de la deduccion adicional de bienes que se enajenan, se pierden o dejan de ser utiles, contenida en el articulo 221 de la Ley del ISR - Anexo II. Tabla de la deduccion adicional de bienes que se enajenan, se pierden o dejan de ser utiles, contenida en el Decreto por el que se otorga un estimulo fiscal en materia de deduccion inmediata de bienes nuevos de activo fijo (DOF 20/VI/2003)
Deducciones que se podrán efectuar
Deducción adicional de inversiones a partir del ejercicio de 2008 (adquiridas entre el 1o. de septiembre y el 31 de diciembre de 2007)
Requisitos generales de las deducciones autorizadas
Que las erogaciones se realicen con sujetos obligados al pago del IETU - Ser estrictamente indispensables para la realización de las actividades gravadas por la Ley del IETU - Ser efectiva mente erogadas en el ejercicio - Requisitos de deducibilidad de la Ley del ISR - Bienes de procedencia extranjera
Salarios y conceptos asimilados a éstos, así como las aportaciones de seguridad social - Intereses - Regalías - Donativos - Contribuciones causadas antes del 1o. de enero de 2008 - Gastos relacionados con erogaciones no deducibles o parcialmente deducibles - Erogaciones devengadas antes del 1o. de enero de 2008 - Erogaciones por inversiones que se hayan adquirido desde el 1o. de enero de 1998 y hasta el 31 de diciembre de 2007 y que sean pagadas con posterioridad al 31 de diciembre de 2007 ...
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